5 recomendaciones para valorar tus bienes intangibles

Sin categoría By Sep 23, 2012 No Comments

Autor imagen: Laia Blasco

Muchas personas son propensas a valorar con mayor interés las cosas que pueden ver, tocar, asir.  Y eso es así en tanto somos seres que nos gusta acumular cosas y tener la prueba real y palpable de ellas al alcance de la mano.

Las inversiones personales y empresariales suelen asociarse con los grandes conglomerados de empresas físicas tipo Apple, con diseños vistosos, oficinas de última generación y procesos operativos muy  dinámicos cuya rentabilidad crece como la espuma. Se apoyan en la producción de productos y servicios de interés masivo, posicionados mediáticamente gracias al impulso de los propios usuarios. Son íconos comerciales de los cuales solemos fijar la fachada, lo que vemos, lo que  ofrecen visualmente.

Sin embargo, detrás de eso está la génesis y el soporte de todo: las ideas.  Las ideas y su ulterior desarrollo en productos intangibles no se pueden ver, ni tocar, pero constituyen hoy el patrimonio más preciado de personas y empresas emprendedoras que luchan por lograr un lugar relevante, por ejemplo, en el mundo de la tecnología y la información.

Siendo así, la pregunta es: ¿y tú que estás haciendo para proteger y valorar las ideas que desarrollas?

Si la respuesta es: muy poco, entonces acá te dejamos unas recomendaciones para que empieces cuanto antes.

1. Elabora un plan  de intangibles.

Es importante hacer definiciones previas a través de las cuales quede claro que tú en lo personal, o tu empresa, producirán bienes intangibles, o requerirán de ellos en función de vuestras operaciones profesionales o empresariales.

2. Identifica los bienes intangibles que crearás.

Los bienes intangibles susceptibles de ser producidos son de dos tipos:  por un lado los que corresponden al campo de la propiedad industrial, y por el otro los que se enmarcan dentro del derecho de autor. Al primer grupo pertenecen las marcas, las invenciones patentables, los modelos de utilidad, los diseños industriales, los nombres comerciales, los nombres de dominio, los lemas comerciales, etc.   Mientras que el segundo se refiere sólo a obras literarias, artísticas o científicas, entre ellas software, audiovisuales, canciones, libros, fotografias, pinturas, esculturas, etc.

3. Haz el registro.

El primer grupo de intangibles se registran ante las oficinas nacionales de la Propiedad Industrial. El Registro otorga un certificado renovable del Estado  que acredita la titularidad temporal sobre la patente, marca, diseño, etc.  En el caso de las obras el registro se hace ante las oficinas de Derecho de Autor, y el registro otorga una presunción iuris tamtum de que la obra existe y que es autor de ella quien aparece así señalado en el registro.

Hay que destacar que en el caso del derecho de autor el registro tiene sólo propósito declarativo y a diferencia del registro en propiedad industrial, no es obligatorio. Y ello es así porque el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas establece claramente que los derechos sobre las obras no estarán subordinados a ninguna formalidad, entre ellas el registro.

No obstante, siempre es recomendable hacer el registro en la oficina de derecho de autor para tenerlo como prueba ante un eventual reclamo de paternidad sobre los contenidos protegidos.

4. Crea un sistema de licenciamiento a terceros.

No siempre los bienes intangibles son usados exclusivamente por quien los produce o los crea. Lo corriente es que se otorguen licencias  a terceros interesados a cambio de una compensación económica.  Lo recomendable es, entonces, tener una gama diversa de prototipo de licencias, con cláusulas contractuales que definan muy bien el alcance y el tiempo de utilización del intangible, así como el precio o regalía que han de pagar los terceros por su utilización.

5. Respeta los bienes intangibles de terceros.

El respeto a tus intangibles comienza con el tuyo hacia los intangibles de terceros. Si requieres usar marcas, diseños, obras, o patentes de terceros, solicita autorización para usarlos. No promuevas su uso ilícito, pues tarde o temprano podría tocarte a ti tener que reclamar por el uso ilícito de los tuyos.

Y si aún eres de los que no creen en el valor de los bienes intangibles, sólo mira las incidencias de uno de los juicios más importantes hoy en esta materia: el publicitado Apple contra Sansumg. Allí además de la disputa por porciones o exclusividad de mercados, está también en el centro del debate la defensa acalorada de intangibles como es, entre otros, el reclamo de Apple de que Samsung copia el diseño y algunas características de dos de sus dispositivos más populares, el iPad y el iPhone. En suma, batalla por el alma del negocio pues: sus intangibles.

Si ellos defienden apasionadamente sus intangibles, ¿Qué esperas tú para valorar y defender los tuyos?

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