Tratado de Marrakech: preguntas y respuestas

libro By Oct 01, 2016 1 Comment

Tratado de MarrakechEn una anterior entrada en este blog escribimos acerca del Tratado de Marrakech para destacar algunas de sus normas más relevantes.

Especialmente nos referimos en esa ocasión a aquellas que hacen referencia a la naturaleza del tratado como marco legal internacional que propicia en las legislaciones nacionales límites al derecho de autor en favor de las personas ciegas, con discapacidad visual u otro impedimento para el acceder al texto impreso.

Tras haber transcurrido treinta días desde la ratificación de al menos veinte países, ayer entró en vigencia y fue un día especial pues se trata de una conquista definitiva para las personas con discapacidad visual, tal como se destaca en el comunicado de prensa de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, OMPI.

5 respuestas breves acerca del Tratado de Marrakech

Nadie duda de la importancia del Tratado, acerca de la cual bastaría escuchar las palabras del Director General de la OMPI para reparar en sus trascendencia:

 

 

Sin embargo, suelen surgir a menudo interrogantes respecto a su implementación y sobre todo cómo articular a los distintos sectores para que en la práctica se cumpla de manera eficáz con el objetivo para el cual fue aprobado: facilitar que las personas ciegas o con discapacidad visual u otros impedimentos puedan acceder en mejores condiciones a los textos impresos.

He aquí alguna de las interrogantes:

¿Quiénes son los beneficiarios del tratado?

Como puede leerse en el artículo 3, el Tratado de Marrakech beneficia a las personas ciegas, a las que padezcan una discapacidad visual o a quien por una discapacidad física no pueda sostener ni manipular un libro, centrar la vista o mover los ojos.

¿Cuáles son los ejemplares en formato accesible?

Aquellos a través de los cuales se lleva a cabo la reproducción alternativa de las obras y que permite el acceso a ellas en iguales condiciones que las personas sin discapacidad. Algunos de ellos puden ser:  en sistema braille, audio libro, en formato digital, en grandes formatos o caracteres, etc.

¿Cuáles organizaciones podrán fungir como «entidades autorizadas» a los efectos del tratado?

Una entidad autorizada será aquella autorizada o reconocida por el gobierno para proporcionar a los beneficiarios, sin ánimo de lucro, educación, formación pedagógica, lectura adaptada o acceso a la información, entre ellas las bibliotecas por ejemplo. También puede ser cualquier institución gubernamental u organización sin fines de lucro que proporcione los mismos servicios a los beneficiarios, como una de sus actividades principales.

¿El tratado entra en vigencia a la vez en todos los países?

No. Solo en los países que lo han ratificado y que tengan en su legislación interna una norma que consagre límites o excepciones al derecho de autor en favor de las personas ciegas, con discapacidad visual u otros impedimentos para acceder al texto impreso. Al mes de septiembre, han ratificado el tratado 22 países, 10 de los cuales son de América Latina.  Los países de América Latina son: Argentina, Uruguay, Paraguay, Chile, Brasil, Ecuador, Perú, Guatemala, El Salvador y México.

¿Cuál es el status de Venezuela respecto a este Tratado?

A la fecha Venezuela no ha ratificado el Tratado. En una reciente actividad en la Biblioteca Nacional en Caracas, en la que participamos para hablar del Tratado de Marrakech,  con asistencia también de representantes del SAPI, CAVELIBRO, SACVEN, FEVIC y otras instituciones,  se destacó la necesidad de que se de prioridad a la ratificación de este tratado por parte de Venezuela.Tratado Marrakeck

Además, se hizo énfasis en la necesidad de incorporar en la Ley Sobre el Derecho de Autor una excepción o límite al derecho de autor en favor de las personas ciegas, con incapacidad visual u otro impedimento para acceder al libro impreso, tal como se reconoce en el preámbulo del Tratado de Marrakech y se establece expresamente como norma de remisión en el artículo 4 del mismo Tratado.

Por su trascendencia social y equilibrio en el uso de contenidos que beneficiará a más de 285 millones de personas con discapacidad visual en todo el mundo, 90 % de paises en desarrollo, apoyemos todos el Tratado de Marrakech!!!

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