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La distribución de música en línea ha traído consigo uno de los asuntos más debatidos hoy por los distintos actores en la cadena de valor de la industria: la tarifa que deben pagar las plataformas de servicios de distrubución en línea a los titulares de derechos sobre las obras que distribuyen a sus usuarios.
En pocas palabras: si el modelo de negocio está basado en la distribución de música en línea, ¿cuál es el precio que se debe pagar a los productores de fonogramas, a los autores de las obras incluídas en esos fonogramas, a los artistas que las interpretan o ejecutan, o a los editores que manejan su publicación y difusión?
La tarifa es el precio que se paga por el uso de las obras o prestaciones. Ahora bien, ¿el precio lo fijan los titulares de derechos, las plataformas de distribución online o un tercero, por ejemplo, una oficina del Estado que guarde relación con el tema o la naturaleza del servicio? ¿cuál es esa tarifa? ¿es justo o equilibrado ese precio dada la importancia del insumo, en este caso la música, como base del modelo de negocio?
Estas interrogantes sumadas al cuestionamiento a la eficacia de las leyes en el ámbito digital, forman parte hoy de la agenda de los actores principales de la industria musical, de los servicios de intermediación en linea, de los entes reguladores y de los gobiernos.
Modalidades de utilización en la música en línea
Hay que tener presente que el modelo de servicio define su naturaleza en dos aspectos: la modalidad de utilización y la forma de monetización. Lo primero implica decidir si la plataforma será de streaming o de descargas, o de ambas, y lo segundo cuál será la estrategia de monetización del servicio: ¿será un servicio de suscripción de descargas individuales a la carta, por ejemplo, o un servicio de streaming gratuito basado en publicidad visual o auditiva?
Definido el tipo de servicio, se aplica la tarifa. En el modelo tradicional off line, las tarifas por comunicación de obras y prestaciones están basadas en ejecuciones en vivo o a través de aparatos de reproducción de música y la cantidad a pagar por derecho de autor o derechos conexos es un porcentaje de los ingresos cuando se trata de medios o actividades en los que la música es esencial (por ejemplo un concierto en vivo), o una cantidad fija cuando la importancia de la música es secundaria para el modelo de negocio. Si es una actividad de reproducción en soportes físicos (CDs por ejemplo), la suma se calcula en un porcentaje (generalmente 10%) del precio de venta del ejemplar al distribuidor o usuario final según los casos.
En cambio, en el modelo de distribución de música en linea, lo que suele tomarse en cuenta es el número de descargas que realizan los usuarios del servicio o bien la cantidad de escuchas o ejecuciones que tengan las obras puestas a disposición a través de la plataforma digital. En suma: o solo escuchas, o solo descargas, o escuchas y descargas. De acuerdo al informe de la música digitald de la IFPI 2016, ya los ingresos por streaming han superando por primera vez con más de un 45% de los ingresos totales, al servicio de descargas (39%), que era tradionalmente la actividad usual en el modelo de música digital.
Tarifas por distribución de música en linea en algunas plataformas
Cada plataforma aplica una tarifa diferente y he allí uno de los aspectos de mayor cuestionamiento por parte de los artistas y autores, pues a pesar de que el negocio de la música digital cada día crece más como puede verse en el citado informe IFPI, no así en la misma medida los beneficios que reciben los titulares de los derechos sobre las obras y prestaciones.
Por ejemplo, la fórmula que aplica Spotify toma en consideración los ingresos mensuales de publicidad y suscripción más el número de transmisiones totales. De los ingresos totales, la plataforma retiene el 30% y 70% los titulares de derechos (disqueras, artistas, editores y autores). Aunque la proporción 70 30 pareciera justa a primera vista, lo cierto es que en ese 70% o menos están incluídos los derechos de las disqueras tradicionales (majors) y productoras independientes que tienen la titularidad sobre las producciones fonográficas, abarca las regalías artísticas cuyo porcentaje se establece en los contratos en cada caso, los derechos de los editores y finalmente también comprende la participación de los autores y compositores de las obras.
Para verlo graficamente, Spotify sostiene que el pago promedio a los titulares de derechos por cada transmisión es equivalente a una suma entre $ 0.006 y $ 0.0084, y que la tarifa aplicable dependerá de varios factores tales como: i) el país donde ocurre la transmisión, ii) la cantidad de usuarios en servicios de suscripción o pago, iii) el valor de la moneda en cada país, y iv) la tarifa de los artistas y autores.
En el caso de Pandora, el más importante servicio de radio por internet, pagaba hasta el 2015 a las productoras de discos 14 centavos de dólar por cada 100 ejecuciones. No obstante, esta tarifa se incrementó en el 2016 a 17 centavos por cada 100 ejecuciones en el servicio gratuito basado en publicidad, por decisión del Copyright Royalty Board de EEUU, lo cual estuvo aún por debajo de los 25 centavos pretendidos por la industria.
Youtube, por su parte, es el servicio con mayor rechazo actualmente por parte de los autores y artistas en razón de sus tarifas. No obstante, YouTube sostiene ser el servicio que mayor aporte económico hace a los creadores.
Según Bilboard basado en un estudio de Midia, la tarifa que aplica YouTube fue en promedio por cada transmisión $0.002 en el 2014 y decreció a $0.001 en el 2015.
Finalmente, lo último en esta «batalla» por unas tarifas más justas, es la posición de Apple Music. Apple ha formulado recientemente una propuesta de tarifa al Copyright Royalty Board para los servicios de streaming de 9.1 centavos de dólar por cada 100 transmisiones.
He allí pues el estado de las cosas. Solo nos resta de decir, que sea cual fuere el resultado de todas estas idas y venidas en la música digital, lo que sí es incuestionable es la necesidad de lograr un mayor equilibrio en los beneficios económicos que perciben cada uno de los actores en el modelo del negocio, especialmente los autores y los artistas.
En eso creemos!!!
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