5 claves para entender la sentencia Google y cómo te afecta

SEO By May 17, 2014 No Comments

Sentencia GoogleSegún la sentencia Google, los gestores de motores de búsqueda están obligados a eliminar de sus listas de resultados, la información relativa a una persona, que afecte aspectos de su vida privada.

La sentencia de  la gran sala del Tribunal europeo de Justicia de Luxemburgo, sobre el caso Google y el derecho al olvido, ha puesto a correr a medio mundo.

Los hay quienes afirman que viola el derecho a la libertad de expresión y acaba con la veracidad de la red, y otros que simplemente brincan en una pata porque ahora sí es verdad que van a poder borrar de un plumazo todo lo que en la red  se aloje acerca de sus andanzas indebidas o non tan santas.

La sentencia Google trata del controversial tema del «derecho al olvido» en Internet. La posibilidad de que nuestros datos personales pasados y non tan convenientes, indexados por los buscadores en Internet, puedan ser borrados por éstos si así son requeridos por su titular.

Antecedentes

Como relata la sentencia Google, el 5 de marzo El 5 de marzo de 2010,  el español Mario Costeja, presentó ante la Agencia Española de Protección de Datos una reclamación contra el diario La Vanguardia Ediciones, S.L., y contra Google Spain y Google Inc. Esta reclamación se basaba en que, cuando un internauta introducía su nombre en el motor de búsqueda de Google obtenía como resultado vínculos hacia dos páginas del periódico La Vanguardia, del 19 de enero y del 9 de marzo de 1998, respectivamente, en las que figuraba un anuncio que lo relacionaba con un embargo por deudas a la Seguridad Social.

Sentencia Google: lo que dijo el Tribunal

La sentencia Google sostiene que la actividad de los buscadores, consistente  en hallar información publicada o puesta en Internet por terceros, indexarla de manera automática, almacenarla temporalmente y, por último, ponerla a disposición según un orden de preferencia determinado, debe calificarse de «tratamiento de datos personales». Por lo tanto, el gestor de un motor de búsqueda como Google debe considerarse «responsable» de dicho tratamiento.

En consecuencia, dijo la sentencia, el gestor del motor de búsqueda está obligado a eliminar de la lista de resultados, la información relativa a una persona, que afecte aspectos de su vida privada. En otras palabras, le dio la razón a Costeja.

Voces de alarma

Varias han sido las reacciones. Una de  las más contundentes ha sido la de Enrique Dans, quien en su blog escribió en respuesta a la sentencia este artículo titulado: El absurdo derecho a que Internet te saque por tu lado bueno. En este artículo Dans se pregunta qué pasará cuando semejante planteamiento caiga en manos de los poderosos, de los gobiernos, y de los que de verdad  tienen un interés serio por “modificar” su pasado y el modo en el que este aparece en la red.

Lo que hará Google

Google no ha reaccionado, por lo menos no como se esperaba. Jurídicamente, la sentencia es inapelable. En cambio se prevee que a finales de mes anuncien un mecanismo que técnico que permita a los usuarios requerir que determinada información personal sea removida de los motores de búsqueda.

Ser a medias 

No soy tan contundente como Dans en su apreciación, pero si comparto que cada quien es él y sus circunstancias, pasadas y presentes. Con ellas lidiamos todos los días, incluso en nuestra interacción en la red. Lo que redime o corrige no se decreta, sino más bien es un acto de conciencia y mejora individual; un dato que haya sido puesto a disposición en Internet y te perjudique, podrá ser borrado, pero eso no garantiza que tarde o temprano salga a la luz de nuevo.

No se trata pues de que los motores de búsqueda den mayor o menor visibilidad a los asuntos personales que no queremos que se muestren, o que se viole nuestra privacidad. Creemos más bien que se trata de un asunto de transparencia personal pura y dura, de que somos lo que somos con todas nuestras circunstancias, buenas o malas. Querer ocultarlas en Internet o minimizar su visibilidad es absurdo, a menos que pretendamos ser seres a medias.

¿Tú que crees?

No Comments

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *