Ética y legalidad en el uso de contenidos en la red

Sin categoría By Feb 15, 2012 1 Comment


Internet es una plataforma extraordinaria, que ha incrementado exponencialmente la interacción entre seres humanos, sobre todo entre aquellos que no se conocen, que no se encuentran a menudo, que no se reunen físicamente
.

Esa mayor interacción ha potenciado también la condición de seres-nodos de cada uno de sus usuarios, quienes ahora pueden, con mayor facilidad, realizar multiples actividades: desde oir o intercambiar una canción o video con propósito de entretenimiento, hasta una transacción electrónica de compra o venta de productos o servicios. Todas estas actividades se van tejiendo entre nodos geográficamente cercanos o distantes -lo cual no es relevante- pero que en conjunto constituyen una sumatoria de acciones que son la razón de ser de la red.

En Internet los contenidos  son la esencia, y la actitud ante ellos define la tipología del nodo.

En efecto, uno de los asuntos que suele estar en el centro de la discusión es la utilización de los contenidos que circulan por la red. A menudo la gente se pregunta ¿hasta dónde es permitido usarlos y compartirlos con los demás seres-nodos que constituyen la red? ¿qué aspectos hay que tener en cuenta para evitar complicaciones éticas o legales a propósito de su utilización? ¿acaso la libertad en Internet no abarca también a lo que circula por allí?

Las anteriores interrogantes se pueden dilucidar, teniendo en cuenta lo siguiente:

1. No todos lo contenidos que circulan en Internet están protegidos.

Eso significa que existen algunos  que pueden ser utilizados por todo el mundo, sin que se requiera para ello una autorización previa. ¿cuándo ocurre eso?… cuando  el contenido no constituya una obra protegida (literaria, artística o científica), o cuando siéndolo, ha transcurrido el plazo de protección previsto en las leyes de derecho de autor, que generalmente abarca la vida del autor más un plazo de protección post morten. Vencido ese plazo las obras entran en el dominio público y pueden ser utilizadas sin licencia previa.

2. Los contenidos protegidos pueden estar libremente a disposición.

Si los contenidos están protegidos pero los titulares de sus derechos  deciden ponerlos libremente a disposición en la red, eso es completamente válido. Ejemplos de esos casos, son los contenidos distribuidos y compartidos bajo licencias Creative Common. Por su naturaleza, estas licencias permiten la utilización gratuita de los contenidos.

3. Sobre los contenidos protegidos puede invocarse el derecho de cita.

Toda obra protegida puede ser objeto de cita en la red, al amparo del derecho de cita previsto en el artículo 10, 1) del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas. Sin embargo, hay que tener en cuenta que para que las citas sean lícitas tienen que hacerse conforme a los usos honrados, es decir, a) que no atenten contra la explotación normal de la obra preexistente, y b) no atenten contra los intereses legítimos del autor. Además, esas citas han de llevarse a cabo en la medida justificada por el fin que se persiga.

De manera pues que aunque existen disposiciones legales que protegen los derechos sobre los contenidos en la red, tambien hay  las que permiten utilizaciones  lícitas sin que se  tenga que solicitar una licencia previa y expresa para hacerlo.  Entre ellas, reiteramos, el dominio público, las licencias voluntarias y gratuitas, y el derecho de cita.

Mención final merece la conducta del plagio, o sea  atribuirse en la red la paternidad sobre obras u otros contenidos ajenos. Es usual que ello ocurra en entradas de blogs, artículos en páginas web, frases o citas en el muro de Facebook, contenidos de tuits, etc. Estos casos, además de ser un delito,  constituyen actos  reprochables éticamente hablando que  perjudican al verdadero autor o titular de tales contenidos,  y defraudan al público.  A estos últimos al hacerles ver que una determinada obra está asociada a una persona y no a otra, con lo cual  se produce una sustitución dolosa de paternidad de la cual se saca provecho.

En todos estos asuntos, la clave está en  respetar la titularidad de los contenidos, invocando como alternativa, si así lo desea el usuario de la red,  todos los mecanismos que permitan su utilización libre y gratuita, previstos en las leyes o acuerdos particulares. Hacerlo así es la mayor garantía de libertad en la red y de apoyo a los creadores.

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