5 Consejos si estás a punto de publicar un Libro

Propiedad Intelectual, Social Media By Oct 24, 2013 No Comments

CCO, Nataev

Firmar un contrato cuyo objeto es la publicación de un libro, o artículos o reportajes para medios sociales es el sueño de muchos. Pero puede terminar siendo una pesadilla si pierdes de vista algunos aspectos. Aquí te decimos cuáles.

keywords:  LibroContrato. Edición. Social Media.

Estoy seguro que en alguna ocasión has tenido que ver con la firma de un contrato para la edición de contenidos en los medios sociales, bien porque seas tú el propio autor de ellos o porque tengas un familiar, amigo o conocido que lo es y ha tenido que enfrentarse con la realidad de discutir y firmar un compromiso formal de publicación, probablemente sin saber si lo que está firmando le beneficia o si por el contrario le impone obligaciones legales excesivas e injustas.

Los más frecuentes son los acuerdos formales para editar libros, artículos de investigación en revista especializadas, aportes para blogs y páginas Web, etc.

Lo que debes tener en cuenta no es el hecho de que debas firmar un contrato, sino las condiciones expresadas en el mismo. Un contrato es ley entre las partes y por eso debe reflejar fielmente la voluntad de ellas y los beneficios que obtendrán al ejecutarlo.

Para que un contrato de edición de contenido sea justo, debes asegurarte que contenga:

Un objeto claro y específico

Eso quiere decir que el contrato ha de indicar expresamente cuál es la voluntad de las partes y lo que conforma el núcleo central que dio origen a la firma. Un contrato de edición debe señalar expresamente que el autor de la obra (ensayo, trabajo de investigación, reportaje, artículo para blog o página web, etc) cede al editor el derecho de producir o hacer producir ejemplares de la obra, bien sea en la forma tradicional o en formato digital.

En pocas palabras, un tercero que suele ser una empresa de edición, se compromete a publicar y difundir la obra con sus propios medios.

 El número de ediciones contratadas

Por lo general, y salvo pacto en contrario de las partes firmantes, el contrato de edición sólo confiere al editor el derecho de publicar solo una edición. En la práctica no suele ocurrir porque el editor suele invocar la renovación y su derecho de preferencia respecto del resto que tenga la misma pretensión.

Lo recomendable es que indiques con precisión cuántas ediciones estás contratando, y cuáles son las condiciones que aplicarán para cada edición, pues si no lo haces así es probable que el editor invoque a su favor las mismas condiciones que aplicaron para la primera edición.

Los porcentajes de participación por derecho de autor

La remuneración que acuerdes puedes hacerla sobre la base de un porcentaje de participación en los ingresos por venta al público, usualmente el 10%, o una cantidad a tanto alzado que pactes directamente con el editor.

Cláusulas de rescisión por incumplimiento

Tu obligación principal en el contrato es hacer entrega de la obra oportunamente y la del editor es publicarla y difundirla en los términos que se pacte en el contrato.

Por eso debes asegurarte que haya una cláusula en el contrato en la que se indique expresamente que si dentro del plazo estipulado  el editor no cumpliere, tienes el derecho de pedir la resolución del contrato, la devolución de la obra y el pago de la indemnización de daños por incumplimiento, salvo que éste no sea imputable al editor por fuerza mayor o una causa extraña.

Duración del contrato

Debes siempre asegurarte de que el contrato tenga una duración determinada, es decir,  el tiempo estipulado por las partes para el cumplimiento de sus respectivas obligaciones. Eso te garantiza que al vencimiento del término se extinguirán también los derechos del editor, por lo cual podrás firmar acuerdos nuevos con otro editor, si lo deseas.

Evita cláusulas indefinidas o que indiquen que la duración del contrato es la duración del derecho de autor, pues lo que significa eso es que estarás atado al contrato durante toda tu vida más un plazo mínimo de cincuenta años después de tu muerte.

¡Inténtalo!… pon un poco de tu parte y te irá mejor la próxima vez que tengas que firmar un contrato de edición de un libro.

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