
CC, sofiaperesoa
Cada día se incrementan más los riesgos a los que se someten las personas y las empresas por el uso ilícito de contenidos en las redes sociales. He aquí un esquema de los asuntos más relevantes sobre el cual reposa el sistema de protección en las redes.
La dinámica de las plataformas sociales demandan todo tipo de contenidos: desde entradas para blogs, entradas en el muro de Facebook, vídeos en Youtube, Vine o Instagram, hasta artículos, fotografías y frases originales que se intercambian en links o se convierten en mensajes de 140 caracteres en twitter. Todo sirve para ese propósito.
Esa vertiginosa dinámica de intercambio de contenidos acarrea en ocasiones consecuencias jurídicas de índole diversa. Desde una denuncia penal por plagio o cita ilícita, hasta una demanda civil por usar indebidamente una fotografía o imagen de terceros. También se pueden cometer delitos como difamación u otras actividades ilícitas como acoso o cyberbullying.
De modo que cuando hablamos de protección legal en las redes sociales, nos referimos al conjunto de normas que regulan esta actividad, y sobre todo la acciones que despliegan o han de desplegar las personas naturales y las empresas para prevenir los riesgos habituales de esta interacción cada vez más frecuente e importante.
La legalidad en la interacción en redes suele ser una molestia, pero que bien hace. Sobre todo cuando una actividad de los usuarios basada en el sentido común tiene más de común que de sentido.
Las condiciones de uso
Lo primero que hay que tomar en cuenta como usuario de las redes sociales es la implicación legal por darse de alta en una red social. Luego has de chequear la naturaleza y contenido de la Licencia y detalladamente revisar a qué te obligas y a qué se obliga la plataforma. En esas condiciones, además, fíjate en la duración de la licencia que otorgas y dónde has de acudir en caso de reclamo.
La actividad de los usuarios
Usuario es toda persona natural o empresa que despliega una actividad en las RS. El eje central de esa actividad es compartir contenido de todo género, lo cual podría acarrear responsabilidad personal o patrimonial. Y en este sentido, responsabilidad es asumir las consecuencias de tus propios actos o los de terceros bajo tu cargo o dependencia. En el caso de las empresas, que suelen hacer vida en las RS a través de cuentas manejas por un Community Manager, no debe descansar en éste toda la responsabilidad de la selección y comunicación de los contenidos, pues ello no libera a la empresa de su responsabilidad por uso indebido. Sobre este tema, ahondamos en un post anterior titulado: El Community Manager y la Propiedad Intelectual.
El contenido compartido
Hay que tener plena conciencia también de que al usar contenidos ajenos o propios dichos contenidos podrían estar protegidos por propiedad intelectual o están en dominio público o amparados bajo una licencia Creative Commons. Dependiendo de a cuál modalidad corresponde el contenido, tendrás mayor o menor libertad para usarlo y pagar o usarlo gratuitamente, según el caso. Cuando se trate de contenidos ajenos, no está demás saber Cómo citar contenidos ajenos y no plagiar en el intento.
La responsabilidad personal o empresarial por actuación en las RS.
Toda protección en redes sociales pasa por tener conciencia plena de las actividades ilícitas que nos pueden causar un daño personal o patrimonial, o las que nosotros mismos podemos cometer por desconocimiento o por qué nos da la gana. Por eso cuenta mucho conocer las implicaciones de actividades como cyberbullying o acoso, difamación, pornografía infantil, uso ilícito de contenidos protegidos por propiedad intelectual (canciones, libros, fotografías, vídeos, marcas, diseños, logos, etc), saber cuáles son los criterios para establecer la responsabilidad de los proveedores de servicios en internet, especialmente de los proveedores de contenidos, alojamiento de contenidos y enlaces , así como también qué acciones legales tomar por actuación ilícita en las redes, bien para ir en contra de terceros cuyas acciones te afectan o para defenderte por una actuación propia.
Y tú ¿qué tanto cuidas tu responsabilidad en las redes sociales?
Excelente publicacion